domingo, 29 de mayo de 2011

DERECHO DUCTIL, EL DERECHO POR PRINCIPIOS

EL DERECHO POR PRINCIPIOS
ZAGREBELSKI

En su obra el autor plantea la  diferencia entre reglas y principios, en ese sentido sostiene que la mayor parte de las normas legislativas son prevalentemente reglas, en cambio las normas constitucionales que se refieren prioritariamente a derechos y a la justicia son principios, sin generalizar.

En ese sentido desde este punto de vista se considera las disposiciones constitucionales como principios y las leyes como reglas.

Sin embargo esta distinción no es totalitaria ya que las constituciones pueden contener reglas y principios, para poder distinguirlos, Zagrebelski plantea que los principios desempeñan un papel constitutivo del orden jurídico  y que las reglas, es decir las leyes, se agotan en sí mismas. Cuando estas reglas están ene l texto constitucional se trata de leyes reforzadas y no tienen un carácter constitutivo.

Zagrebelski plantea que las reglas se obedecen, mismas que encontramos traducidas a través de proposiciones jurídicas, nos establecen un hacer, no hacer o una obligación. En cambio a los principios se les presta adhesión  para ello es necesario tener claridad en los valores de la sociedad ya que sirven de ejes o criterios posición frente  a hechos concretos.

Para este autor,  las reglas son aquellas que pueden ser observadas mecánicamente en cambio los principios no ya que estableces bases mucho más amplias cuya aplicación están sujetas a la condición del tema que se aborde.

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