viernes, 8 de abril de 2011

CRITICA DE LA IDEOLOGIA JURÍDICA

CRITICA DE LA IDEOLOGIA JURÍDICA
LA IDEOLOGÍA Y LOS DISCURSOS
OSCAR CORREAS

Correas nos dice que la identificación de los textos jurídicos dependerá del investigador y de las teorías del derecho aceptadas.  Nos expone con claridad  que toda forma de comunicar algo es a través del lenguaje, es decir de los signos que le dan sentido al lenguaje y a través de los cuales plasmamos las ideas. A su vez , las ideas, los contenidos de conciencia solo pueden ser exteriorizados , formalizados a través de estos signos y mediante los códigos en común que nos permiten entender los textos. Y por tanto las ideas.

En el caso del discurso del derecho, este solo puede ser externado a través de palabras, palabras que forman parte de un sistema influido necesariamente por quienes detentan el podery significan esas palabras.

En su obra Correas plantea que es necesario distinguir entre ideología y discurso. Por ideología plantea referirse a cualquier contenido de conciencia. La ideología se formaliza a través del lenguaje

Por discurso plantea debemos entender la ideología formalizada, en consecuencia la ideología no existe fuera del discurso.

En ese sentido, el discurso del derecho será la formalización de una parte de la ideología.

La obra aborda el tema de o operadores deónticos: prohibido, obligatorio y permitido y sostiene que el sentido prescriptivo del derecho se realiza  través de estos operadores. El derecho es en consecuencia un discurso prescriptivo.

El contenido del discurso del derecho puede entenderse en tres formas:
El derecho es un discurso que organiza el uso de la violencia, como monopolio de ciertos individuos.
Regula cuando, quien y de que forma se aplica el uso de la fuerza…. Aunque no siempre es así, ejemplo son los regímenes totalitarios.

El segundo es el criterio ofrecido por la calificación del productor del discurso.

Se refiere a la calidad social del emisor, será discurso el derecho producido por quien él mismo derecho autoriza para emitirlo. El derecho tienen su sustento en el mismo, no en el exterior, los productores serán el legislador, los funcionarios, los jueces y los particulares autorizados

El tercero es el ofrecido por la calidad de ser un discurso de contenido autorizado por otro discurso.

            Es decir, el discurso del derecho autoriza a los legisladores, funcionarios o jueces para aplicarlo (lo que entendemos coma las reglas que confieren poder) es decir, están basadas en el sentido deóntico. Es decir el discurso del derecho tiene sentido porque esta preestablecido en tra norma que faculta la creación, interpretación o exclusión de otra norma del sistema.







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