viernes, 29 de abril de 2011

REGLA DE RECONOCIMIENTO: EUGENIO BULYING




REGLA DE RECONOCIMIENTO
EUGENIO BULYING

El texto del autor tiene que ver fundamentalmente con la identificación de las normas válidas del sistema jurídico, tomando como base de estudio, quien emite la norma, si tiene o no la facultad de emitir esa norma o no, facultad que deberá derivarse de una norma anterior que le permita hacerlo.
En el texto revisado,  Boulying plantea la distinción entre normas y reglas,  para ello pone sobre la mesa las distintas normas que existen como las normas de trato social, morales y las normas jurídicas, por otra parte distingue entre los distintos tipos de reglas a las que nos sujetamos cotidianamente como las reglas gramaticales, semánticas o conceptuales.
De las normas jurídicas distingue el carácter prescriptivo o normativo  y de las reglas su carácter definicional.
En su trabajo el autor plantea que en el derecho existen normas en su concepción ontológica, es decir, que permiten, prohíben u obligan a realizar una conducta y reglas que permiten identificar el derecho válido en un sistema jurídico y que confieren el poder a un juez para aplicar la regla de reconocimiento, sin que esta última deba entenderse como una norma en sentido ontológico, son como una regla de reconocimiento que identifica estas normas en el sistema.

Boulying lleva a cabo una crítica a Hart  respecto  a la clasificación que este autor realiza respecto de las normas primarias y secundarias partiendo de un análisis de lo que comúnmente llamamos obligaciones y potestades.

Para Hart las normas primarias imponen a la persona determinadas formas de actuar u omitir determinados actos en su vida en sociedad, por otra parte, las normas secundarias permiten a una persona o grupo de personas reconocer estas nomas primarias, establecer el cambio de éstas  o modificación a través de procedimientos y otorgan la potestad de sancionar su incumplimiento.
Este proceso que reconoce  la potestad a una persona o grupo de personas de  crear reglas o normas (reconocerlas), paso inicial de la creación del  derecho como lo conocemos actualmente, e incluso de modificarlas, como lo hace el legislativo o el ejecutivo en su facultad reglamentaria y en ejercicio de una potestad e incluso el juez al aplicar una sanción por el incumplimiento de una norma, sería para Hart la naturaleza de dichas atribuciones.
Sin embargo, para Boulying dicho planteamiento no es claro ya que en la práctica las normas primarias y las secundarias se pueden confundir ya que las primarias establecerían deberes u obligaciones y las secundarias o reglas de reconocimiento no son normas en sentido ontológico ya que no establecen obligaciones, prohibiciones o permisiones, sino que la regla de reconocimiento establece criterios de identificación de las normas válidas del sistema y concluye diciendo que es una regla conceptual, hecho que desde mi punto de vista es contradictorio ya que las reglas conceptuales son distintas a las reglas que permiten al juez el reconocimiento de una norma jurídica, ya que estas reglas, las conceptuales contemplan o comprenden  términos, definiciones y no necesariamente nos permitirá identificar las normas validas.

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