miércoles, 30 de marzo de 2011

DERECHO DEFINICIÓN

DERECHO
DEFINICION

Como señala Rodolfo Vázquez en la primera parte de su libro teoría del derecho,  es difícil encontrar una definición de derecho con la que coincidan todos los estudiosos del derecho y más aún que contenga los elementos que permitan generar este consenso.

Al respecto,  Vázquez plantea que el término derecho designa un concepto (o diversos conceptos) que tiene tanto una referencia empírica ( al hablar de experiencias jurídicas) como objetiva (las normas jurídicas adquieren un valor independiente de la subjetividad del legislador al momento de crearlas).

Partiendo de la base de que existen diversas formas de definir algo, se plantean las siguientes definiciones:

Derecho es el conjunto de normas (principios y reglas) coactivas.

Derecho son las prescripciones (principios y reglas)  orientados al bien común.

Desde el punto de vista del positivismo jurídico se concibe el derecho como:
·         Conjunto de normas jurídicas coactivas creadas por el  ser humano. (Kelsen)
·         Un conjunto de normas puestas ( e impuestas) por seres humanos y que corresponde a la ciencia del derecho, estudiar y, a la práctica, aplicar e imponer el derecho así concebido. (García Máynez)

Por otra parte tenemos otras formas de definir el derecho como la siguiente:
El derecho es un conjunto de normas  (contenidos abstractos de naturaleza directiva) que sirven como esquemas de interpretación de ciertos fenómenos sociales. (Ross)

Dworkin ve al derecho como un proceso de interpretación o como resultado de un proceso interpretativo. El derecho es un concepto interpretativo, el derecho es una forma de narrar que convierte las prácticas legales en lo mejor que pueden ser.

Atienza al considerar el derecho como argumentación señala que el derecho es una realidad dinámica, que consiste no solo en una serie de normas o enunciados de diverso tipo, sino también en una práctica social compleja que incluye además de normas, procedimientos, valores, acciones, agentes, entre otros.

La concepción marxista del derecho ubica  a éste en la súper-estructura de la sociedad. Así entonces, para los marxistas el derecho constituye un conjunto de aquellas condiciones exteriores de producción que en una sociedad escindida en clases se expresan como normas consetudinarias o escritas y cuya mantención está garantizada por la fuerza controlada por el Estado. (Diccionario de Marxismo)

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